Proyecto ley de presupuestos mínimos para la regulación del electromagnetismo
Proyecto de ley para presentar mediante Iniciativa Popular.
La Iniciativa popular es un derecho constitucional regulado por la ley 24.747, que establece los mecanismos legales para que los ciudadanos puedan presentar leyes.
El Proyecto
El desarrollo de este proyecto incluye varias etapas, aquí te contamos como desde CORTe, generamos el proyecto de ley de forma participativa, y además las distintas etapas para llegar al Congreso Nacional paso a Paso.
Paso 1
El primer paso fue generar el esquema del proyecto que tuviera contemplado no solo el contenido de la nueva ley, sino también todos los pasos necesarios para cumplir con los requicitos legales. El esquema del proyecto fué redactado por Luis María Jiménez y presentado en distintas instancias organizativas para su corrección y mejoramiento.
El texto inicial fue tomado del proyecto de ley presentado en el congreso de la nación en el año 2016 por la diputada Gabriela Troiano y acompañado por los diputados Carlos Rubín, Diana Conti y Carolina Gailalrd. Fue revisado y reimpulsado por las ONGs Aletheia por la Vida, Nuevo Ambiente, Consumidores Responsables, Red de Barrios Irradiados, Vecinos Subestación Sobral Ezpeleta, Asamblea Rigolleau, CTA Autónoma Provincia de Buenos Aires, ATE Provincia de Buenos Aires, Vecinos Autoconvocados de Campo Quijano (Salta), Vecinos autoconvocados de Gral. Güemes (Salta), AVDA Asociación Vecinal en Defensa del Ambiente Gral. Cerri (Bahía Blanca), Sociedad de Fomento y Cultura de Villa Amaducci (Bahía Blanca), Sociedad de Fomento Ing. Pedro Pico, Ayuda-Le “Ayuda al leucémico” (Bahía Blanca), Vecinos Autoconvocados de Gral. Roca, Foro de la Niñez Bahía Blanca, FUNAM, Asociación Vecinal Dr. Enrique Finochietto Ciudad Autónoma, ONG Ambiente Comarca (Tornquist), UETTEL (Unión de empleados y técnicos de las telecomunicaciones) y Salud Ambiental en Acción Bahía Blanca. Proyecto que finalmente fue archivado sin llegar a someterse a votación.
Paso completado!
Paso 2
El borrador del proyecto se compartió entre los miembros de CORTe y público en general, que aportó ideas y sugerencias para mejorar el proyecto. Puede ver los aportes ciudadanos aquí.
Paso completado!
Paso 3
El proyecto fue analizado por la comisión técnica asesora, integrada en ese momento por: Master en ciencias de las telecomunicaciones, Guillermo Defays; Dr. en radioquímica, Rodolfo Touzzet; Dr. Bioingeniero, Esteban Rossi; Dr. en física, Andrés Ozols; Médico neonatologo, Medardo Ávila Vázquez; abogada constitucionalista, Eugenia Scarpinello; Diplomado en Ingenieria electrónica, Carlos Avellaneda y el ingeniero electromecánico, Fabián Barrionuevo. Quienes realizaron una adaptación de las sugerencias hechas por los ciudadanos, generando un nuevo borrador que fué remitido a la comisión de redacción.
Paso completado!
Paso 4
El borrador con los contenidos sugeridos y adaptados técnicamente fue trabajada por la comisión de redacción, integrada en ese momento por: Antropólogo, Luis María Jiménez; Abogada constitucionalista, Eugenia Scarpinello, abogada, Mónica Miracola; Abogada Fabia Martínez y Correctora de textos, Zoe Rodríguez.
Paso completado!
Paso 5
El proyecto es presentado a la asamblea nacional, quien aprueba el documento final que se presentó ante el defensor del pueblo.
Ver documento final.
Paso completado!
Paso 6
El proyecto es evaluado por el Defensor del Pueblo, quien dictamina que el proyecto y la planilla de firmas cumplen con los requisitos de la ley 24.747. (art. 11, ley 24.747). Ver resolución del Defensor del Pueblo.
Paso completado!
Paso 7
Los proponentes, en este caso los integrantes de CORTe, en calidad de organización autoconvocada, comienzan a recopilar las firmas necesarias para la presentación del proyecto ante el Congreso de la Nación, firmas que deben representar un total del 1% (uno por ciento) del padrón electoral nacional, siendo esta cifra 388.000 (trescientas ochenta y ocho mil firmas) necesarias. La asamblea decidió por consenso absoluto presentar mínimamente 700.000 (setecientas mil) firmas, con el fin de suplir posibles errores en la recopilación de firmas, que serían desestimadas por el control que efectuará posteriormente, el registro electoral nacional.
Paso en desarrollo
Cómo sumarse.
Paso 8
Una vez alcanzada la cantidad de firmas requeridas, se presentan ante la justicia electoral, que debe determinar si las firmas reunen los requicitos legales requeridos en cantidad y forma. (art. 12, ley 24.747)
Paso 9
Cumplido satisfactoriamente el paso 8, el proyecto ingresa por mesa de entradas al Congreso Nacional, que debe expedirse sobre su admisibilidad en un plazo no mayor a los 10 (diez) días corridos desde su presentación.
Paso 10
Cumplido satisfactoriamente el paso 9, el proyecto es remitido a las comisiones pertinentes, donde se deberá tratar en caracter de prioritario y no podrá ser archivado sin tratamiento en recinto, con debates y audiencias publicas.
Paso 11
Cumplido el paso 10 de forma obligatoria, el proyecto debe ser votado en el seno del Congreso Nacional.
Paso 12
Deberíamos festejar el esfuerzo mancomunado por el bien común, con la sanción positiva de este proyecto de Ley que nunca fue incorporada en el corpus iuris Nacional, lo cual representa no solo una orfandad de funcionarios consientes de la problemática, sino de lograr una herramienta necesaria para que el sistema jurídico pueda dar respuestas más precisas y justas sobre el impacto de las radicaciones no ionizantes que a la fecha no poseen presupuestos mínimos de prevención y control de la contaminación electromagnética en nuestro PAIS, que pudiera ser ejecutado y modificado de acuerdo a estudios científicos actualizados. Por lo que esta ausencia legislativa continuara afectando la salud general de la población, y otros seres vivos (animal y vegetal), llegando a proyectarse sobre las futuras generaciones, como queda cabalmente demostrado por miles de estudios científicos revisados por pares, que puedes consultar en este trabajo de respaldo.